Con la demanda no es necesario adjuntar las pruebas que tenemos, sin embargo sea nóminas, contratos de trabajo u otros documentos que puedan acreditar la existencia de la deuda. Sino que dichas pruebas se realizan en el acto de la pinta del litigio. Estas cookies se utilizan para recopilar información https://raymondf282vlx4.wikijm.com/user